EFICIENCIA ENÉRGETICA

     La certificación energética de los edificios es una exigencia derivada de la Directiva europea y que se reflejó a través del Real Decreto 47/2007 en el que se ponían las bases para certificar los edificios de nueva construcción y ciertos casos de grandes reformas en edificios existentes. Se refleja en una etiqueta de eficiencia energética, similar a las de los electrodomésticos, que debe ir incluida en toda publicidad utilizada en la venta o arrendamiento del edificio.

Les ofrecemos los certificados energéticos tanto para obra nueva como para edificaciones existentes, mediante el empleo de Lider, Calener, CE3 y CE3X.

 

Realizamos Auditorias energéticas que se realizan de acuerdo a las necesidades de los clientes proporcionando mejoras para conseguir ahorros energéticos y buscando las subvenciones oportunas para que los plazos de amortización sean rentables.

     

      Todo ello según el Real Decreto 235/2013 de 5 de abril relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios, dotando de carácter obligatorio la obtención del certificado de calificación energética a los edificios existentes que sean objeto de contrato de compraventa o de arrendamiento. 

      Con el certificado de eficiencia energética, el propietario conocerá las características energéticas de su edificio, sus consumos, sus emisiones, sus puntos fuertes y débiles. Es una ocasión para rentabilizar costes. El certificado energético debe ir acompañado de una serie de medidas de mejora que, en caso de llevarse a cabo, permitan aumentar entre uno y dos niveles la escala de calificación energética, logrando reducción de consumos y emisiones de CO2. Además, dichas mejoras vendrán cuantificadas económica y temporalmente y plazos de amortización simples, otorgándole al propietario todavía más factores que determinen la viabilidad de una hipotética inversión.

El certificado de eficiencia energética debe contener como mínimo la siguiente información:

  • a) Identificación del edificio o, en su caso, la parte que se certifica.
  • b) Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación energética. Se incluirá la siguiente documentación:
  1. Descripción de las características energéticas del edificio y demás datos necesarios para obtener la calificación energética del edificio (instalaciones térmicas, envolvente térmica, y en el sector terciario, además instalaciones de iluminación y condiciones de funcionamiento y ocupación.
  2. Normativa vigente, sobre ahorro y eficiencia, en caso de existir, en el año de construcción.
  3. Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo por técnico certificador.
  • c) Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.

 

      Como vemos en la imagen hay paises como Francia en el que se publicita en la venta de una vivienda la calificación energética.

NORMATIVAS

NACIONAL

Real Decreto 235/2013 sobre eficiencia energética
Decreto 235-2013.pdf
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AUTONÓMICA CASTILLA-LA MANCHA

Decreto 6/2011
Decreto 6-2011-Eficiencia energetica-JCC
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AUTONÓMICA COMUNIDAD VALENCIANA

Decreto 212-2009
Decreto 112_2009 certificacion de eficie
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Resolución 25-10-2010
Resolucion 25-10-2010 criterios tecnicos
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Orden 1-2011
Orden 1_2011 registro certificacion efic
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