¿QUE ES LA ITE?
* ¿Qué es la I.T.E.?
La I.T.E., es la Inspección Técnica del Edificio, es una inspección que estudia y evalúa el estado general del edificio y que debe realizarse en todos los edificios.
Viene regulada por varias leyes y decretos nacionales y autonómicos:
v Decreto Legislativo 1-2004, de 28 de diciembre, texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de CLM
Artículo 138.- La Inspección periódica de construcciones y edificaciones.
v Decreto 34/2011, de 26 de abril de 2011, por el que se aprueba el reglamento de disciplina urbanística del texto refundido de la ley de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.
Artículo 64.- La inspección periódica de construcciones y edificaciones.
v Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio.
Artículo 21.- Obligatoriedad de la inspección técnica de edificios.
Como se observa hay normativa nacional y autonómica que obliga a realizar la Inspección Técnica de Edificios.
En la ciudad de Cuenca se ha regulado el procedimiento mediante la Ordenanza Municipal publicada el 18 de octubre de 2.010, en la ciudad de Albacete es de aplicación mediante la Ordenanza Municipal publicada el 31 de diciembre de 2.012 y en la ciudad de Alicante, está en fase de elaboración. Pero son de aplicación las normas nacionales y autonómicas.
Como criterio general se aplica a edificios con una antigüedad superior a 50 años y con una periodicidad de 5 años.
La finalidad de la Inspección Técnica de Edificios es instituir un sistema de control periódico del estado de los edificios de viviendas para verificar su estado de conservación.
En el caso de que, a juicio del Técnico que firme el informe por parte de GESTEVAL, el edificio se encuentre en buenas condiciones, el resultado de la ITE será favorable y los propietarios no estarán obligados a hacer obras. El expediente será archivado por el Ayuntamiento hasta la siguiente inspección.
Si la ITE es desfavorable, entonces se refleja como tal en el informe, se describen las lesiones encontradas, su gravedad y su solución, y se establece un plazo aproximado para llevar a cabo las obras de reparación del edificio.
La duración total del proceso es de unas 3 semanas:
Desde el momento en el que el propietario acepta nuestro presupuesto, fijamos la fecha de la inspección, que suele ser para la semana siguiente a la aceptación.
La duración de la inspección depende del tamaño del edificio y de la gravedad de las lesiones encontradas.
Tras la inspección, el informe está redactado y visado por el Colegio en aproximadamente 7 a 10 días, momento en el cuál avisamos a la propiedad para que acuda a nuestra oficina para firmarla.
Realizar la Inspección Técnica del Edificio le generará una serie de beneficios económicos y de seguridad, además de cumplir con la normativa legal vigente.
Lo define la Normativa que lo regula, básicamente se analizarán los aspectos relativos a:
La ITE constará de:
El informe PRE–ITE trata de determinar las obras necesarias que el edifico necesita, para cumplir con la condiciones mínimas de Seguridad, Salubridad y Ornato público, y así, poder ser apto, una vez realizadas dichas obras, de pasar la ITE antes de la fecha límite de la entrega del informe, por lo tanto lo que se consigue con ello es tener una ITE POSITIVA.
Para el caso de las ciudades que no tienen la obligación de presentar el ITE, como es el caso de Albacete, es recomendable este Informe Pre-Ite para poder determinar el estado en el que se encuentra el edificio en su conjunto y puesto que la vivienda y el edificio en el que se encuentra es uno de los bienes más preciados, no se puede dejar que se deteriore y de lugar a unos costes muy altos en su reparación.
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